El Tribunal Constitucional (TC) rechazó el hábeas corpus presentado por el expresidente de la República Alejandro Toledo y su esposa, Eliane Karp, para invalidar la investigación del Congreso sobre el caso Ecoteva.
La demanda interpuesta por Luciano López, abogado de Toledo, tenía por objetivo que se declare la nulidad de la investigación de la Comisión de Fiscalización y Contraloría del Congreso, sobre las presuntas irregularidades en la adquisición de inmuebles por parte del líder de Perú Posible (PP) y otras personas vinculadas a él.
En los fundamentos de la sentencia, el TC señala que la parte demandante no ha acreditado que las supuestas afectaciones al debido proceso guarden conexión con una vulneración al derecho fundamental a la libertad individual. “Resulta improcedente pretender encausar la demanda en la vía del hábeas corpus”, precisa la resolución.
En setiembre del año pasado, la Comisión de Fiscalización del Congreso presentó un informe en el que encuentran “indicios razonables” de la participación del expresidente Alejandro Toledo en la presunta comisión de lavado de activos, por las compras inmobiliarias realizadas mediante la empresa Ecoteva.
El TC explicó que el artículo 97 de la Constitución establece que el Congreso puede iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público, y que es obligatorio comparecer, por requerimiento, ante las comisiones encargadas de tales investigaciones, bajo los mismos apremios que se observan en el procedimiento judicial.
Asimismo, refirió que el artículo 2, inciso 5, y el artículo 97 de la Constitución establece que el secreto bancario puede levantarse, entre otros, a pedido “de una comisión investigadora del Congreso con arreglo a ley y siempre que se refiera al caso investigado”. “El hecho de que se haya aprobado solicitar el levantamiento del secreto bancario del expresidente Alejandro Toledo, antes que de que este sea comunicado formalmente de su condición de investigado, no resulta inconstitucional”, anotó.
www.tvperu.gob.pe